Derechos laborales

Reparto de Utilidades 2025: fecha límite y requisitos para recibir el pago

Empresas y patrones deben pagar el Reparto de Utilidades 2025 en un plazo determinado. Consulta quiénes tienen derecho y cómo reclamarlo.

La Redacción
El Reparto de Utilidades es un derecho de los trabajadores cuando las empresas reportan ganancias netas
El Reparto de Utilidades es un derecho de los trabajadores cuando las empresas reportan ganancias netas(Pixabay/ Canva)

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Reparto de Utilidades es un derecho constitucional para las y los trabajadores en México. Consiste en recibir una parte de las ganancias netas obtenidas por el patrón o la empresa, derivadas de su actividad productiva o servicios.

Fechas límite de pago en 2025

Según la Ley Federal del Trabajo (LFT), las empresas deben pagar del Reparto de Utilidades a más tardar el 30 de mayo de 2025. En el caso de patrones personas físicas, el plazo vence el 29 de junio de 2025.

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¿Quiénes tienen derecho a recibir el pago?

De acuerdo con lo que publica el blog de la Secretaría del Trabajo y previsión Social, esta prestación aplica a las personas que hayan laborado al menos 60 días en empresas con utilidades netas declaradas iguales o superiores a 300 mil pesos y más de un año de operación. El derecho se mantiene aun si el trabajador dejó de laborar o tenía un contrato por obra determinada.

Los trabajadores de confianza tienen derecho, pero su salario base para el cálculo tiene un tope de 20% más sobre el salario del trabajador sindicalizado o de base de mayor salario.

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Quedan excluidos del reparto los trabajadores domésticos, directores, administradores y gerentes generales, así como profesionistas y técnicos que presten servicios bajo honorarios sin relación subordinada.

Tampoco aplica a empresas de nueva creación durante su primer año, al IMSS, instituciones públicas descentralizadas de asistencia, ni a empresas cuyo capital sea menor al establecido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

¿Cómo se calcula el Reparto de Utilidades?

El porcentaje para el cálculo es del 10% sobre la utilidad neta, determinado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.

La utilidad se divide en dos partes iguales:

  • Una parte se reparte en función de los días laborados durante el año.

  • La otra parte se asigna en proporción a los salarios devengados.

Se considera únicamente el salario por cuota diaria. No se incluyen pagos por horas extras, gratificaciones, primas u otros ingresos adicionales.

¿Qué días se toman en cuenta?

Se consideran días laborados los efectivamente trabajados y aquellos en los que el trabajador recibió salario por disposición legal o contractual, como descansos, vacaciones, incapacidades temporales por riesgo de trabajo y periodos prenatales y postnatales.

Reclamación y sanciones

El plazo para reclamar el pago es de un año a partir de la fecha límite de entrega. La falta de cumplimiento puede generar multas que van de 50 a 5000 salarios mínimos.

Para orientación, la PROFEDET ofrece asesoría gratuita a través de sus líneas telefónicas y oficinas en todo el país.